Seguidores

sábado, 1 de mayo de 2021

Tarea 2 – G4-MGIR102 – ENSAYO "BASES CONSTITUCIONALES DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN ECUADOR” - Carlos Julio La Mota

                                                            


UNIVERSIDAD DUCENS

PLAYA DEL CARMEN – MÉXICO

 

MAESTRÍA EN GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO

DESASTRES – INDUSTRIAL – MEDIO AMBIENTE

 

CÁTEDRA: G4-MGIR102

MARCO JURÍDICO NACIONAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

DOCENTE: MAGISTER DAVID ALBORES SOL

 

MAESTRANTE: CARLOS JULIO LA MOTA DÁVILA

GUAYAQUIL - ECUADOR

 

TAREA  2 – ENSAYO

"BASES CONSTITUCIONALES DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN ECUADOR”

 


BASES CONSTITUCIONALES DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN ECUADOR

 

En la actualidad, la legislación ecuatoriana ha marcado notables cambios en la seguridad y salud en el trabajo, entre ellos, en el 2015 donde la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, confiere al Ministerio de Trabajo (MDT) la competencia en materia prevención de riesgos laborales y seguridad en el trabajo, así como, la facultad para emitir normativa y regulaciones referentes a esta materia; por lo tanto, el MDT está encargado de verificar el cumplimiento de estas obligaciones por parte de los empleadores.

La Constitución de la República del Ecuador en su Art. 33 reconoce al trabajo como “un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía” (p.19), por ello, el Estado debe garantizar a los trabajadores que todo centro de trabajo cumpla con las medidas adecuadas de higiene y seguridad. Mientras que, el Art. 326 numeral 5 de la misma Constitución reconoce que, “toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar”. (p.162), como principio del derecho al trabajo.

En este contexto, la legislación ecuatoriana referente a los accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP), son considerados como riesgos del trabajo y por este motivo es preciso citar la definición según él Código del Trabajo en su Art. 347, en donde estipula que los riesgos del trabajo son “las eventualidades dañosas a que está sujeto el trabajador, con ocasión o por consecuencia de su actividad” (p.179); de esta manera podemos notar que las afecciones o quebrantos en la salud que sufra el trabajador producidas en la ejecución de sus labores, son de responsabilidad del empleador, por ende, este debe cumplir con sus obligaciones garantizando al trabajador un ambiente seguro y sano para que pueda ejecutar las mismas.

 

La Decisión del Acuerdo de Cartagena 584 de la Comunidad Andina de Naciones, en su Art. 1 literal n) determina que al Accidente de Trabajo es “todo suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte” (p.2). Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y horas de trabajo. El Código del Trabajo (2017, p.180) en su Art. 348 estipula que accidente de trabajo es “todo suceso imprevisto y repentino que ocasiona al trabajador una lesión corporal o perturbación funcional, con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena”.

Al respecto la Resolución C. D. 513 en su Art. 11 (p.5), determina que se considera como accidente del trabajo, a todo suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa, consecuencia o con ocasión del trabajo originado por la actividad laboral relacionada con el puesto de trabajo, que ocasione en el afiliado lesión corporal o perturbación funcional, una incapacidad, o la muerte inmediata o posterior. En el Art. 12 de la referida resolución, previo a calificar un accidente de trabajo y otorgar las prestaciones al trabajador, el Departamento de Riesgos del Trabajo del IESS verifica que este se haya producido en alguno de los eventos de los que se considera para el efecto.

De la misma manera, este derecho a la salud y seguridad laboral, está reconocido en Tratados Internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y del que Ecuador es Estado Parte, desde su entrada en vigor, el 03 de enero de 1976. En el artículo 7º del PIDESC. Así mismo, el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), incorpora dentro del libro Primero, relativo a la Infracción Penal, en el capítulo tercero referente a los Delitos Contra los Derechos del Buen Vivir, en la sección sexta, encontramos los delitos con­tra el derecho al trabajo y la Seguridad So­cial y, en la sección séptima está prevista la contravención contra el derecho al trabajo.

En base a las diferentes normativas mencionadas, a continuación, de la Tabla 1 a la 4, se visualiza un cuadro que detalla a fondos los, programas, guías y normativas aplicadas en el Ecuador en referencia a la salud y seguridad en el trabajo.

Tabla 1. Normativa legal a utilizar en salud y seguridad ocupacional – Primera parte.

NORMATIVA LEGAL

DETALLE

Acuerdos Internacionales

  • Decisión 584. Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Resolución 957. Reglamento del Instructivo Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo

Leyes Nacionales

  • Código del Trabajo
  • Ley de Comercialización y Empleo de Plaguicidas
  • Ley de Defensa Contra Incendios
  • Ley de Minería
  • Ley Orgánica de Discapacidades, LOD
  • Ley Orgánica de Empresas Públicas, LOEP
  • Ley Orgánica de Prevención Integral Fenómeno Socio Económico Drogas
  • Ley Orgánica de Servicio Público, LOSEP
  • Ley Orgánica Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en Hogar
  • Ley Orgánica para Promoción del Trabajo Juvenil, Cesantía Desempleo
  • Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema
  • Reglamento General a la Ley de Minería

Decretos Ejecutivos

  • Decreto Ejecutivo 860. Sistema Nacional de Cualificaciones y Capacitación Profesional
  • Decreto Ejecutivo 2393. Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores

Acuerdos Ministeriales

  • Am-nro.-mdt-2020-001 – reformar el Acuerdo Ministerial nro. MDT-2017-0135, «instructivo para el cumplimiento de las obligaciones de empleadores»
  • Am 13. Reglamento de Riesgos de Trabajo en Instalaciones Eléctricas
  • Am 82. Normativa erradicación de la discriminación en el ámbito laboral
  • Am 135. Instructivo para el cumplimiento de las obligaciones de empleadores
  • Am 174. Reglamento de Seguridad para la Construcción y Obras Públicas
  • Am 398. Prohibida terminación de relación laboral a personas con VIH-SIDA
  • Am 1404. Reglamento de los servicios médicos de las empresas
  • Seted-mdt-2016-001-a directrices desarrollo programa de drogas en los espacios laborales

Normativa técnica INEN

·         CPE INEN 0102013 – seguridad en el uso de grúas

·         Cpe-20 – código de practica para limpieza, desinfección

·         Gpe-7 – guía para la presentación de los avisos sobre accidentes de trabajo

·         NTE INEN 146 – cascos de seguridad para uso industrial. Requisitos e inspección

Tabla 2. Normativa legal a utilizar en salud y seguridad ocupacional – Segunda parte.

NORMATIVA LEGAL

DETALLE

Convenios Internacionales

  • CVN 024 seguro de enfermedad de los trabajadores
  • CVN 029 trabajo forzoso y obligatorio
  • CVN 045 mujeres en trabajos subterráneos de minas
  • CVN 077 examen médico aptitud para empleo de menores en industria
  • CVN 078 empleo de menores en trabajos no industriales
  • CVN 081 inspección del trabajo en la industria y comercio
  • CVN 113 examen médico de los pescadores
  • CVN 115 protección contra las radiaciones ionizantes
  • CVN 119 protección de la maquinaria
  • CVN 120 higiene en el comercio y oficinas
  • Entre otros, ver: https://www.trabajo.gob.ec/seguridad-y-salud-en-el-trabajo/

Tabla 3. Formatos y guías a utilizar en salud y seguridad ocupacional.

FORMATOS Y GUÍAS

·         Formato de inspección 1 a 9 trabajadores

·         Formato de inspección 10 y más trabajadores

·         Formato estructura reglamento interno higiene y seguridad

·         Formato plan integral de prevención de riesgos laborales

·         Normativa de seguridad y salud para reglamento de higiene y seguridad

·         Guía de prevención de riesgos laborales para trabajadoras y trabajadores domésticos

·         Reglamento de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito minero

·         Guía de actuación para la prevención y control de covid-19, durante la jornada presencial de trabajo

Tabla 4. Programas y materiales a utilizar en salud y seguridad ocupacional.

PROGRAMAS

MATERIALES

Prevención de riesgos psicosociales

·         Cuestionario riesgos psicosociales

·         Guía para la aplicación del cuestionario de evaluación de riesgo psicosocial

·         Guía para la implementación del programa de riesgo psicosocial

·         Herramienta para tabulación

·         Programa de prevención riesgos psicosociales

Prevención al uso y consumo de drogas en espacios laborales

·         Programa de prevención al uso y consumo drogas en espacios laborales

Finalmente, el Ministerio del Trabajo debe velar por los derechos de los trabajadores y de manera estricta vigilar que los empleadores brinden en cada centro de trabajo las medias de prevención adecuadas para cada puesto de trabajo y obligar al cumplimiento en materia de seguridad en el trabajo y prevención de riesgos laborales, todas las normativas y disposiciones legales detalladas anteriormente.



Bibliografía

Asamblea Nacional del Ecuador. (2020, 12 de marzo). Constitución de la Republica del Ecuador. Registro oficial 449.

Baraza, S. X. (2014.). Higiene industrial. Editorial UOC. Obtenido de Proquest Ebook Central, http://ebookcentral.proquest.com/lib/utpl/detail.action?docid=3226824.

Bermeo, C. A., velasco, d. J., & Birkett, M. J. (2004, 16 de noviembre). Accidente de trabajo. Quito: Gaceta Judicial 1 serie 18.

Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. (2017, 01 de junio.). Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo. Quito: Registro Oficial edición especial 632 de 12-jul.-2016. Obtenido de http://www.silec.com.ec.eu1.proxy.openathens.net/webtools/lexisfinder/documentvisualizer/fulldocumentvisualizerpdf.aspx?id=laboral-reglamento_del_seguro_general_de_riesgos_del_trabajo

Decisión del Acuerdo de Cartagena 584. (2004, 15 de noviembre). Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Registro Oficial Suplemento 461. Obtenido de http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/2012/10/decisi%c3%93n-584.-instrumento-andino-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo.pdf

Ecuador, A. N. (2017). Código del Trabajo. Quito: Corporación de estudios y publicaciones.

Instituto ecuatoriano de seguridad social. “Seguro general de riesgos del trabajo”. Reglamento del seguro general de riesgos del trabajo. Resolución Nº C.D. 390. Ecuador. Pags: 10; 13; 29-30.

Jaramillo, A. J., Coello, V. T., & Mena, M. C. (2001, 4 de julio). Muerte por accidente de trabajo. Quito: serie 17-Gaceta Judicial 7.

Manual de Diagnóstico del Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo República del Ecuador de la OIT, OIT 2006.

Ministerio de Trabajo, “Seguridad y Salud en el Trabajo”. Obtenido de https://www.trabajo.gob.ec/seguridad-y-salud-en-el-trabajo/.


Maestrante: Carlos Julio La Mota Dávila                              Maestría en Gestión Integral del Riesgo – Universidad DUCENS



1 comentario: