UNIVERSIDAD
DUCENS
PLAYA DEL
CARMEN – MÉXICO
MAESTRÍA EN
GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO
DESASTRES –
INDUSTRIAL – MEDIO AMBIENTE
CÁTEDRA: G4-MGIR101
FUNDAMENTOS DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS
DOCENTE: MAGISTER OCTAVIO ALBORES SOL
MAESTRANTE: CARLOS JULIO LA MOTA DÁVILA
GUAYAQUIL - ECUADOR
TAREA 4 – Ensayo
Ensayo sobre Normatividad en materia de Riesgos Ambientales, de SST y
Protección Civil en Ecuador
Las Gestión Integral de Riegos,
concierne a la integración de los ámbitos en Seguridad y Salud del Trabajo, Factores
que inciden al Ambiente, y prevalecer la Protección Civil; todos los contextos se
involucran para analizar y desarrollar marcos legales aterrizados a nuestras
problemáticas sociales, laborales y ecológicas, que aborden la identificación
de las amenazas y vulnerabilidades gestionando una buena preparación para identificar
los riesgos, encaminados para resiliencia y mejora continua.
En la actualidad, la norma más importante del
Ecuador en materia ambiental es la Ley Ambiental, que, de acuerdo al Código
Orgánico del Ambiente, COA (2017), tiene como objetivo “garantizar el derecho
de las personas a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así
como proteger los derechos de la naturaleza para la realización del buen vivir
o sumak kawsay”; es decir, que en ésta se regulan aquellos temas
necesarios para una gestión ambiental adecuada.
Dentro de su ámbito de aplicación el COA (2017), señala
que: “son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades, organismos y
dependencias que comprenden el sector público, personas naturales y jurídicas,
comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, que se encuentren
permanente o temporalmente en el territorio nacional”, tanto las normas
contenidas en el Código, así como las reglamentarias y demás disposiciones
técnicas vinculadas a esta materia. Por lo tanto, además de regular, este
código establece principios, lineamientos ambientales, instrumentos
fundamentales del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental y la
corresponsabilidad de la ciudadanía en su aplicación; promueve el respeto a la
naturaleza, el bienestar y protección animal, las medidas de reparación y
restauración de los espacios naturales degradados y las acciones de mitigación
y adaptación para enfrentar los efectos del cambio climático; con la finalidad
de prevenir, minimizar, evitar y controlar los impactos ambientales.
Refiriéndome a las leyes laborales, en Ecuador
existen leyes que definen la normativa que expresa las relaciones laborales
entre Trabajador y Empleador, entre ellas el Código de Trabajo, las mismas que
si no se llevan a cabo de forma correcta, la empresa podría incurrir en
sanciones que generarían un impacto negativo en las operaciones.
El Ministerio del Trabajo de Ecuador (MDT), tiene
la Dirección de Seguridad, Salud en el Trabajo y Gestión Integral de Riesgos,
la cual respalda y se basa en el argumento de la Ley en donde indica
que "los riesgos del trabajo son de cuenta del Empleador"
(Código del Trabajo, 2012) y que hay obligaciones, derechos y deberes de
cumplimiento técnico - legal en materia de prevención de riesgos laborales, con
el fin de velar por la integridad físico - mental de los trabajadores. Parte
de la documentación de normativa legal que respalda la SST en Ecuador, constan:
Acuerdos Internacionales, Leyes Nacionales, Decretos Ejecutivos, Acuerdos
Ministeriales, Normativas Técnicas INEN y Convenios Internacionales (Ministerio
de Trabajo, 2021).
Así mismo, en mi país rige el Decreto Ejecutivo No.2393
(1986), el cual integra el reglamento de seguridad y salud de los trabajadores
y mejoramiento del medio ambiente de trabajo, creando el Comité
Interinstitucional de Seguridad e Higiene del Trabajo (Comité Paritario), y la
Resolución C.D. 513 (2016), el cual integra el Reglamento del Seguro General de
Riesgos del Trabajo; ambos de aplicación obligatoria para cualquier empresa a
nivel nacional.
Para el caso de Protección Civil, dentro de
la Constitución de la República del Ecuador, CRE (2012), constan varios artículos
que facultan la Gestión del Riesgo, brindando respaldo a
la Protección Civil; dentro del cual menciona:
Las
personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas,
personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención
prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención
prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de
violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o
antropogénicos.
Por lo que es prioridad del estado ecuatoriano
“proteger a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los
efectos negativos de los desastres mediante la prevención ante el riesgo, la
mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones
sociales, económicas y ambientales” (CRE, 2012), con el objetivo de minimizar
la condición de vulnerabilidad. Parte de las competencias del estado central
que respaldan la protección civil, están: identificar riesgos existentes y
potenciales, gestionar adecuadamente el riesgo, asegurar el uso de la gestión
de riesgo en la planificación de las instituciones; con la finalidad de reducir
vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos
negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.
En mi ciudad, el Municipio implementó protocolos de
acción para el manejo de emergencias concatenados con el sistema de comando de
incidentes, siendo regidos por el Comité de Operaciones de Emergencias (COE),
el cual involucra a oficiales de todas las instituciones de socorro, con el fin
de direccionar acertadamente los recursos ante un desastre.
Finalmente,
los decretos, códigos, acuerdos, tratados, compromisos, leyes y convenios que
puedan crearse en un país y/o región para respaldar o hacer ejercer los
dictámenes en beneficio de la preservación del medio ambiente, aplicar
acertadamente la seguridad y salud ocupacional, y generar artículos que velen
por la protección ciudadana a través de la gestión de riesgos, son «letra viva»,
pero que sin una eficaz y pertinente supervisión se convertirían en tan solo
palabras archivadas sin poder cumplir su objetivo específico. Recordemos que,
todo tiene una causa y un efecto, y que ellos conllevan a las consecuencias.
Bibliografía
Código
del Trabajo. (2012). Ecuador Patente nº Registro Oficial Suplemento 797 de
26-sep-2012.
Código Orgánico del Ambiente. (2017). Ecuador
Patente nº Registro Oficial Suplemento 983 de 12-abr-2017.
Constitución de la República del Ecuador. (2011).
Ecuador Patente nº Registro Oficial 490 de 13-jul-2011.
Decreto Ejecutivo No.2393. (17 de noviembre de
1986). Ecuador Patente nº Registro Oficial No.565. Obtenido de
https://ewsdata.rightsindevelopment.org/files/documents/19/IADB-EC-L1219_f25d5vw.pdf
GAD Municipal de Guayaquil. (18 de marzo de 2016). Alcaldía
de Guayaquil. Obtenido de Alcaldía de Guayaquil Web site:
https://guayaquil.gob.ec/Documentos%20SCI/Forms/AllItems.aspx?RootFolder=%2FDocumentos%20SCI%2FProtocolos%20SCI&FolderCTID=0x0120003EF4A99E8CAFED4D9A1F83ADC667C186&View=%7BF4CA8CFB-5AD1-476E-B436-0BCD29CD5790%7D
Ministerio del Trabajo. (05 de Febrero de 2021). Ministerio
del Trabajo. Obtenido de Ministerio del Trabajo Web site:
https://www.trabajo.gob.ec/seguridad-y-salud-en-el-trabajo/
Resolución C.D. 513. (01 de junio de 2017).
Ecuador Patente nº Registro Oficial Edición Especial 632 de 12-jul.-2016.
Obtenido de
https://sut.trabajo.gob.ec/publico/Normativa%20Legal/Resoluciones/Resoluci%C3%B3n%20del%20IESS%20513.pdf

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